Interior autoriza la vuelta a las calles de los detectives privados tras la denuncia sobre la indefensión de empresas y particulares

Alicia Méndez,

Interior autoriza la vuelta a las calles de los detectives privados tras la denuncia sobre la indefensión de empresas y particulares


El  ministerio del Interior ha autorizado sin exclusiones y de forma inmediata el  trabajo de los detectives privados en el exterior, con todas las garantías  jurídicas, tal y como le solicitaron hace unos días todos los colegios y  asociaciones profesionales del sector en España. 

En un «oficio respuesta» a Mercè Ferran, presidenta del Colegio Oficial de Detectives Privados de Cataluña (CODPCAT) y firmante de la petición en nombre del colectivo, José Antonio Rodríguez González, director del gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad, comunica que  «los detectives privados no se encuentran excluidos de la posibilidad de circular por las vías públicas para el desarrollo de la actividad profesional, sin perjuicio de acreditar debidamente tal circunstancia en caso de ser requeridos para ello por los agentes de la autoridad, respetando en cualquier desplazamiento las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias».

 

José  Antonio Rodríguez González señala, además, que desde el ministerio del Interior «se comparte plenamente la preocupación al respecto, habida cuenta de la situación de excepcionalidad generada por la pandemia de COVID-19».

El pasado jueves, día 23, todos los colegios y asociaciones profesionales de detectives privados suscribieron una petición  al Gobierno, a través de los canales establecidos —ministerios de Sanidad, Interior y Justicia—, denunciando la situación de indefensión de ciudadanos y empresas, y solicitando al gobierno garantías legales para reanudar su trabajo como un servicio esencial. Según aquel escrito, los despachos de investigación privada de toda España estaban recibiendo peticiones de ayuda de ciudadanos y empresas que se veían impotentes para frenar conductas y actuaciones —tanto de personal interno como externo— constitutivas de delitos perseguibles a instancia de parte.

La situación de estado de alarma solo les permitía el trabajo en el despacho, imposibilitando seguimientos, comprobaciones, vigilancias y otras actuaciones en el exterior, imprescindibles para recabar pruebas válidas en los juzgados para la defensa de los derechos de los ciudadanos y de las empresas afectadas.

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